

El Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a la enseñanza universitaria oficial de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas (BOE113, del 8.05.2010) establece, entre otras, las siguientes vías:
- Pruebas de acceso a la universidad o asimilados (PAU).
- Ciclos Formativos de Grado Superior, FP2 o similares
- Titulados universitarios.
- Pruebas de acceso para mayores de 25 años.
- Estudiantes procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Convalidación de estudios universitarios extranjeros (continuación de los mismos estudios).
Tendrán prioridad de acceso a los estudios de Grado en ADE, los estudiantes que estén en posesión del título de Bachillerato LOE en las modalidad de Ciencias Sociales y hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad (PAU). El acceso a esta titulación no requiere la superación de pruebas específicas especiales ni contempla criterios o condiciones especiales de ingreso.

