IA, automatización y robots. Primeros pasos legales (I)
06 de Abril de 2017
06 de Abril de 2017
Por Javier Heredia, profesor de MBA de EAE Business School
Desde que en 1942 el conocido visionario Isaac Asimov introdujera el concepto de las tres leyes de la robótica, se ha tenido clara la necesaria relación entre la Ley y la robótica. Ese pensamiento temprano sobre la necesidad de emitir legislación sobre los robots se deriva del hecho de que sean la encarnación física, y por tanto tangible y evidente, de los procesos de automatización. Pero no solamente en la robótica se encuentran progresos en innovación y automatización. Existe la Inteligencia Artificial, IA, construida sobre los pilares de las bases de datos y su gestión, y sobre los algoritmos matemáticos que ordenan esta información y predicen, imitando nuestra propia inteligencia, los acontecimientos futuros en un sector dado. La IA también revoluciona, de una manera menos evidente para los sentidos pero más profunda, nuestra realidad. Y por tanto también debe encontrar respuesta legal.
Si entendemos el derecho como la obligación de hacer o no hacer algo, las primeras preguntas que se presentan son: ¿Quién tiene la autoridad para obligar? y ¿quién es el obligado? Estas nuevas realidades hacen que se difuminen ambas preguntas. En una realidad global y horizontal, en la nube, ¿Quién tiene autoridad? En las sociedades humanas tradicionales las estructuras de autoridad vertical, piramidal, se han dado desde las primitivas sociedades de recolectores/cazadores. La pregunta era cómo se organizaba esa pirámide, en base a qué valores, religiosos, de fuerza física o de sentido de la igualdad entre sus miembros. Pero la autoridad seguía siendo vertical, ya fuera delegada, representativa o directa y, en última instancia, motivada por el hecho ejecutivo, físico, de poder imponerse.
Ahora se produce con la automatización, la IA, un cambio paradigmático. La autoridad no queda claramente definida de forma vertical sino horizontal. En la nube, ¿qué autoridad certifica?, ¿qué autoridad regula?, ¿qué autoridad ejecuta? Tomemos el caso de las monedas virtuales. Su certificación e inviolabilidad vienen motivadas por su propia naturaleza encriptada. Y son monedas descentralizadas, no están bajo los controles de un banco central, sino que son los otros participantes en su cadena de bloques o blockchain los otros "mineros" los que certifican de manera horizontal, atomizada, en la nube, sin rostro, que una criptomoneda existe, que tiene un valor dado, y que se ha movido de un monedero a otro, si es el caso. ¿Quién tiene aquí la autoridad?, ¿desde dónde se impone la obligación de hacer o de no hacer? En estos casos embrionarios de IA ya se ve la naturaleza viral, exponencial y atomizada de la misma. De ahí radicará la primera dificultad para someter esa realidad al derecho.