Negociación del expediente de despido colectivo del Banco de Santander tras su fusión con el Banco Popular
19 de Diciembre de 2017
19 de Diciembre de 2017
Por Carmen Paradinas, profesora del Máster en Dirección de Recursos Humanos de EAE
Tras diez reuniones entre los principales sindicatos con presencia en la entidad objeto de reestructuración y los representantes del Banco de Santander, finalmente, el 12 de diciembre se ha llegado a un acuerdo en cuanto al número de salidas y las condiciones de las mismas, destacando que todas ellas serán de carácter voluntario entre prejubilaciones, recolocaciones y bajas incentivadas.
A la vista del resultado de las negociaciones (siendo importante destacar que el 85,5% de la mesa negociadora se encontraba integrada por UGT, CCOO, FITC/Santander y STS), las condiciones de salida de los trabajadores, inicialmente ofertadas por la entidad presidida por Ana Botín, se han visto finalmente mejoradas hasta llegar a igualar en muchos aspectos a las que se produjeron en el año 2016.
En ese año el Banco de Santander redujo su plantilla en 1.400 empleados mientras que el Banco Popular, bajo el mando de Ángel Ron, lo hizo en 2.600. Dicha reducción recayó fundamentalmente sobre empleados mayores de 55 años a los que se les ofrecieron unas condiciones de prejubilación que fueron aceptadas por la mesa de negociación y que sirvieron de base a los representantes de los trabajadores para iniciar las negociaciones relativas a la reducción de los 1.585 empleados que proponía el Banco de Santander en esta última reducción de plantilla. Ello supuso que Botín se encontrara con un problema que debía afrontar en la propuesta de inicio, y era que el número de trabajadores mayores de 55 años era muy reducido, motivo por el que en esta ocasión la empresa partió de una oferta de prejubilaciones con 58 años.
De ahí que los representantes de los trabajadores, durante el periodo de consultas, hayan conseguido no sólo reducir el número de salidas (de 1.585 a 1.100), si no mejorar las condiciones de las mismas en cuanto a las edades de prejubilación (edades a 31 de diciembre de 2018) y las condiciones de cada uno de los grupos contemplado.[1]
Por su parte, la empresa, consciente de la dificultad a la que se enfrentaba en cuanto a las edades de los trabajadores, producto de los ERE anteriores, puso sobre la mesa una rebaja de la edad de prejubilación llegando a abarcar a trabajadores de entre 50 y 54 años.
Esta disminución de trabajadores afectados, junto con la inclusión de colectivos inicialmente no previstos por el Banco de Santander, se ha producido en el período de consultas preceptivo dentro de un proceso de despido colectivo, según se establece en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 51.2, versando la negociación sobre los aspectos señalados en el referido artículo: "El despido colectivo deberá ir precedido de un periodo de consultas…. La consulta con los representantes legales de los trabajadores deberá versar, como mínimo, sobre las posibilidades de evitar o reducir los despidos colectivos y de atenuar sus consecuencias mediante el recurso a medidas sociales de acompañamiento, tales como medidas de recolocación o acciones de formación o reciclaje profesional para la mejora de la empleabilidad."
Es de destacar por tanto el esfuerzo de la mesa negociadora por llegar al acuerdo finalmente alcanzado dado que no sólo incluye las condiciones anteriormente señaladas, sino la recolocación de 100 empleados en la red comercial del banco y 575 externalizaciones a empresas del grupo.
[1] http://portal.fitc.org/?q=node/488 para consultar colectivos y condiciones