Normativa de permanencia

Los estudiantes matriculados en cualquiera de los estudios de grado o máster de la Universidad Internacional de la Empresa podrán elegir entre la condición de estudiantes a tiempo completo o tiempo parcial debiendo matricularse del número de créditos entre el mínimo y el máximo previstos para cada titulación. Excepcionalmente, en el caso de los estudiantes de Grado a tiempo completo, se podrá solicitar una matrícula de un número superior a 60 créditos por curso y, como máximo de 72 créditos. La petición, debidamente justificada, se dirigirá al rector que la resolverá de manera expresa.

En cada curso académico en que se formalice la matrícula, deberán matricularse de todas las asignaturas pendientes de superación de cursos anteriores.

 

Grados


La permanencia de los estudiantes en los estudios de grado será de un máximo de ocho años para los estudiantes matriculados a tiempo completo. En el caso de matrícula a tiempo parcial, se podrá solicitar al rector una prórroga de hasta dos años más. Se entenderá por estudiante a tiempo parcial el que hubiera solicitado dicha condición durante al menos dos cursos académicos.

Los estudiantes de grado a tiempo completo deberán superar en el primer curso un mínimo de 24 créditos. En el caso de matrícula a tiempo parcial, deberán superarse un mínimo de 6 créditos.

 

Máster


En el caso de los másteres, la permanencia de los alumnos en los estudios será de un máximo de dos años para los estudiantes a tiempo completo. En el caso de matrícula a tiempo parcial, será de cuatro años.

Los estudiantes de máster a tiempo completo deberán superar un mínimo de 24 créditos el primer año. En el caso de matrícula a tiempo parcial, los créditos mínimos a superar el primer año serán 6.
 

Conjunto


La no obtención del número mínimo de créditos previsto, determinará la imposibilidad de continuar los estudios iniciados. No obstante, con carácter extraordinario, el rector/a podrá autorizar, a petición de la persona interesada la continuación de los estudios en aquellos casos particulares en los que, por causas de fuerza mayor, se hubiera visto afectado el rendimiento del estudiante.

Los estudiantes que estén cursando cualquier titulación oficial de la Universidad podrán realizar un máximo de cuatro matrículas para la superación de cada una de las asignaturas del plan de estudios, sin contar anulaciones anteriores de las mismas.

Los créditos reconocidos y los transferidos no computarán como superados a efectos de permanencia, ni se tendrán en cuenta en relación al número de créditos de los que es necesario matricularse.

El estudiante que participe en programas de movilidad estará exento de cumplir las condiciones establecidas en la Normativa de permanencia durante el año que curse créditos en otra universidad.

La Universidad promoverá la adecuación efectiva de la Normativa de permanencia a las características de los estudiantes con necesidades especiales, a partir de la valoración de cada caso concreto y de la adopción de medidas específicas adecuadas.

Cuando un alumno no cumpla las condiciones de la normativa deberá abandonar sus estudios, salvo que por causa justificada y, previa petición al rector, se le autorice mediante resolución expresa a una nueva matrícula.